Preguntas Frecuentes
¿Qué es la responsabilidad patrimonial?
Es la obligación del Estado de reparar el daño que por alguna actividad administrativa irregular ocasione a los particulares.
¿Cuáles son los ordenamientos jurídicos que regulan la responsabilidad patrimonial?
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política de la Ciudad de México, Ley Responsabilidad Patrimonial del Distrito Federal y su Reglamento.
¿Qué tipo de daños puede el Estado ocasionar a los particulares?
Daño emergente, lucro cesante, daño personal y daño moral.
¿En qué plazo prescribe el derecho de los particulares para reclamar la indemnización?
En un año a partir del día siguiente a aquél en que se hubiera producido la lesión patrimonial o a partir del momento que hubiesen cesado sus efectos lesivos, si fuesen de carácter continuo.
Cuando existan daños de carácter físico o psíquico a las personas, el plazo de prescripción empezará a correr desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas.
En el caso de que el particular hubiese intentado la nulidad o anulabilidad de actos administrativos por la vía administrativa o jurisdiccional y ésta hubiese procedido, el plazo de prescripción para reclamar indemnización se computará a partir del día siguiente
de la fecha en que quede firme la resolución administrativa o causa estado a la sentencia definitiva según la vía elegida.
¿Ante qué autoridad puedo presentar mi reclamación?
Indistintamente ante el ente público responsable del daño causado, o bien, ante la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México.
¿Cómo Funciona La Contraloría Social?
El Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social confiere a la Secretaría de la Función Pública la atribución de emitir los lineamientos correspondientes. Asimismo, cuenta con la atribución de instrumentar acuerdos de coordinación con los gobiernos locales,
a fin de fortalecer la promoción e implementación de la Contraloría Social.
Para conocer más te invitamos a consultar la sección de Capacitación.
¿En qué horario y donde puedo presentar mi escrito de reclamación?
En el caso de la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, de 9:00 a 15:00 horas, en la Oficialía de Partes de la Dirección General de Normatividad y Apoyo Técnico.
Ubicada en Av. Arcos de Belén, número 2, planta baja, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06720.
¿Qué es el nexo causal?
El vínculo que debe existir entre la actividad administrativa irregular y el daño causado.
¿Qué es un ente público?
Los órganos locales de gobierno, los órganos autónomos, las dependencias, los órganos político-administrativos, los órganos desconcentrados y las entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México.
¿Quiénes son los órganos locales de gobierno?
El hoy Congreso de la Ciudad de México (anteriormente Asamblea Legislativa de la Ciudad de México), la Jefatura de Gobierno de la hoy Ciudad de México y el Tribunal Superior
de Justicia de la hoy Ciudad de México.
¿Qué pruebas puedo ofrecer al presentar mi reclamación?
Toda clase de pruebas, excepto la confesional a cargo de la autoridad; y las que sean contrarias a la moral, al derecho o las buenas costumbres.