Artículo 121.
Fracción XXXVI.
El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad; así como el monto a que ascienden los mismos,
siempre que su valor sea superior a 350 veces la unidad de medida vigente en la Ciudad de México, así como el catálogo o informe de altas y bajas;
Inventario de bienes muebles e inmuebles
Fecha de última actualización: 30/09/2024
Periodo de actualización de la información: Semestral
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