Artículo 121, Fracción XXXVI. El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad; así como el monto a que ascienden los mismos, siempre que su valor sea superior a 350 veces la unidad de medida vigente en la Ciudad de México, así como el catálogo o informe de altas y bajas; |
EJERCICIO 2016 |
Ejercicio | Periodo que se informa | Descripción del bien | Actividades a las que se destinará el bien donado: | Personería jurídica del donatario | Donatario (persona física) | Donatario (persona moral) | Valor de adquisición o valor de inventario del bien donado | Fecha de firma del Contrato de Donación. En su caso, la fecha de publicación del Acuerdo presidencial en el DOF o la GOCDMX | Hipervínculo al Acuerdo presidencial respectivo, en el caso de donaciones a gobiernos e instituciones extranjeros o a organizaciones internacionales para ayuda humanitaria o investigación científica | |||
Nombre(s) | Primer apellido | Segundo apellido | Especificar tipo: | Denominación o razón social | ||||||||
2016 | Enero-Diciembre | Durante el ejercicio 2016 no hubo donaciones de bienes muebles e inmuebles a la Contraloría General de la Ciudad de México. |
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Formato A121F36g-2016 |