Artículo 121, Fracción XXXVI. El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad; así como el moto a que ascienden los mismos, siempre que su valor sea superior a 350 veces la unidad de medida vigente en la Ciudad de México, así como el catálogo o informe de altas y bajas; |
EJERCICIO 2016 |
Descripción del bien | Causa de baja | Fecha de baja (día/mes/año) | Valor del inmueble a la fecha de la baja |
Durante el ejercicio 2016 no hubo bajas de bienes inmuebles de la Contraloría General de la Ciudad de México |
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Formato A121F36f-2016 |